Preguntas Frecuentes
Solicitud para obtener un examen con un médico designado
¿Quién puede solicitar un examen con un médico designado?
El empleado lesionado, el representante del empleado lesionado, o la aseguradora pueden solicitar que el Departamento de Seguros de Texas, División de Compensación para Trabajadores (DWC, por sus siglas en inglés) ordene un examen con un médico designado. DWC también puede ordenar el examen con el médico designado por su propia cuenta.
¿Con qué frecuencia puede llevarse a cabo el examen con un médico designado?
Un examen con el médico designado no puede llevarse a cabo más de una vez cada 60 días. DWC puede aprobar solicitudes para un examen dentro del periodo de 60 días si existe una buena causa. Un examen con un médico designado puede ocurrir no más de una vez al año después de que el empleado lesionado reciba ocho trimestres de beneficios de ingresos suplementarios (supplemental income benefits, por su nombre en inglés).
¿Tengo que completar todas las casillas en el formulario?
Sí. Si usted no proporciona toda la información requerida, su solicitud podría demorarse o ser denegada. Usted puede especificar “No Treating Doctor” en la Casilla 24 si el empleado lesionado no cuenta con un médico de tratamiento.
¿A dónde debo de enviar el formulario DWC-032S?
Envíe el formulario a DWC por fax al 512-804-4121 o por correo postal a:
Texas Department of Insurance Division of Workers’ Compensation
Designated Doctor Operations
PO Box 12050
Austin, Texas 78711
También puede enviar el formulario electrónicamente creando una cuenta en TXCOMP, el cual es el sistema de reclamaciones de DWC. Consulte www.tdi.texas.gov/wc/txcomp para obtener más información.
Usted también debe de enviar una copia del formulario completo a todos los participantes cuando lo envíe a DWC.
¿Qué es lo que hace DWC?
- Si nosotros aprobamos la solicitud, asignaremos a un médico designado para que examine al empleado lesionado. Si existe un médico designado que anteriormente fue asignado a la reclamación, se usará al mismo médico siempre y cuando el médico siga estando calificado y esté disponible. DWC emitirá una orden a los participantes dentro de 10 días informándoles sobre el examen.
- Si nosotros denegamos la solicitud, enviaremos un aviso con las razones específicas de la denegación. Si usted desea disputar nuestra aprobación o denegación de una solicitud, usted tiene derecho a una audiencia apresurada para disputar beneficios (expedited contested case hearing, por su nombre en inglés) bajo el Código Administrativo de Texas No. 28, Sección 140.3.
¿Tiene preguntas? ¿Necesita más información?
Llámenos al 800-252-7031. También, consulte nuestro sitio web en www.tdi.texas.gov/wc/dd
Nota: Con pocas excepciones, si lo solicita, usted tiene derecho a:
- Estar informado sobre la información que DWC reúne sobre usted.
- Recibir y revisar la información (Secciones del Código Gubernamental 552.021 y 552.023).
- Solicitar que DWC corrija la información que está incorrecta (Sección del Código Gubernamental 559.004).
Para más información, contacte a [email protected] o consulte la sección para el Procedimiento de Correcciones en www.tdi.texas.gov.